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Los correos electrónicos ya son considerados «prueba documental» para el ámbito laboral.

Según el Tribunal Supremo, zanjando el debate que provenía del artículo 193 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Es decir, esta ley no situaba a los correos electrónicos como prueba documental. Por todo ello, no permitía su impugnación, si así lo consideraban los jueces de primera instancia.

No obstante, será posible presentar pantallazos o una impresión de dichos correos electrónicos. Pero siempre que vengan acompañados de las periciales informáticas pertinentes que autentifiquen la validez de estos correos.

Hasta la fecha de redacción de este artículo, han sido muchas las sentencias que han sido contradictorias en este sentido.

Asímismo, por ejemplo, la resolución de enero de 2018 por parte del Tribunal Superior de Justicia o la producida en 2017 por el Tribunal Superior de Justicia Andaluz, donde se le negaba la naturaleza de prueba documental a los emails para procesos laborales.

Esto sigue dando importancia a la labor del perito informático, que con su pericial, habilita al correo electrónico pertinente de su aceptación como prueba válida en sede judicial. Puede tener más información de la labor del perito informático en nuestra pericial informática de correos electrónicos.

No dude en contactar con GlobátiKa Peritos Informáticos si dispone de correos electrónicos y necesita validarlos para ser admitidos en sede Judicial.

Nuestros Peritos Informáticos, habilitados legalmente, le realizaran la pericial informática que necesitan sus emails. Contacte ya en el 900649252 o en el formulario de contacto de esta misma página.

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