AEPD Obliga a las compañías a entregar los datos de la Geolocalización de líneas Telefónicas
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha emitido una resolución histórica que impactará directamente en la privacidad de los ciudadanos y las políticas de las compañías telefónicas. Esta resolución establece la obligación de las empresas telefónicas de atender a quienes reclamen los datos de geolocalización de las líneas que han contratado.
La decisión se originó a raíz de una solicitud a Vodafone, que marcó el inicio de una serie de acontecimientos cruciales. El reclamante había solicitado en octubre de 2022 los datos de localización de todas las líneas de las cuales era titular, en ejercicio de su derecho de acceso. Sin embargo, en lugar de recibir una respuesta adecuada, Vodafone afirmó que estos datos no estaban registrados en sus archivos.
Tras la derivación de la reclamación a la AEPD, esta dictaminó que Vodafone no había cumplido adecuadamente con el derecho de acceso del afectado al no proporcionar los datos solicitados.
Vodafone argumentó que la solicitud excedía el alcance del derecho de acceso, según el artículo 6 de la Ley 25/2007, de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones, ya que conservaban los datos solicitados exclusivamente para su cesión a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado con autorización judicial y en el marco de una investigación judicial.
Sin embargo, la AEPD respondió, enfatizando que los datos solicitados son personales y, por lo tanto, entran dentro del derecho de los ciudadanos a solicitarlos, salvo las excepciones establecidas en el artículo 9 de la mencionada Ley.
La resolución también especifica que los cuerpos y compañías a quienes se les exijan estos datos deben tomar precauciones para garantizar que los datos entregados sean los que atañen estrictamente al solicitante, con el fin de proteger los derechos y libertades de los interesados.
En consecuencia, la resolución ordena a Vodafone a remitir una certificación que atienda el derecho de acceso solicitado o justifique su denegación, indicando las causas que lo motivan. El incumplimiento de esta orden se considerará una infracción «muy grave», según la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), lo que podría resultar en sanciones según el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Esta resolución subraya la importancia de que, a pesar de las limitaciones de las compañías telefónicas en el uso de datos móviles, la geolocalización de líneas sigue siendo posible.
En GlobátiKa Lab, contamos con un equipo de Peritos Informáticos expertos en llevar a cabo análisis exhaustivos de la geolocalización, utilizando tanto la información del dispositivo móvil como los registros de conexiones a antenas. Además, empleamos herramientas avanzadas como los datos obtenidos de la aplicación «Salud» de Apple, que nos permite rastrear los movimientos de una persona y calcular la distancia que ha recorrido en momentos específicos.
«Esta capacidad es esencial en casos judiciales en los que se necesita verificar si una persona estuvo o no en un lugar determinado, proporcionando pruebas sólidas que pueden ser determinantes en la búsqueda de la verdad y en la garantía de justicia en situaciones legales complejas», subraya Ángel González, CEO de GlobátiKa Lab. El Peritaje Informático aplicado a la geolocalización se erige como un recurso indispensable en el panorama legal actual.
Contacte con un Perito Informático experto en Geolocalización
Somos expertos en peritaciones informáticas y casos de Violencia de Género Digital. Contamos con Peritos Informáticos cualificados. Para cualquier consulta, no dude en llamarnos al teléfono gratuito 900 649 252, o ponerse contacto a través del formulario de contacto de nuestra página Web, estaremos encantados de atenderle.